El Tribunal de Justicia europeo limita el encadenamiento de 'contratos fijos de obra' en la construcción
Los magistrados han concluido que esta figura contractual no previene de los abusos en la temporalidad, como exige la legislación europea, al permitir encadenar sucesivos contratos de este tipo "indefinidamente", en lugar del máximo de tres años que establece la normativa
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha establecido que el contrato “fijo de obra”, específico de la construcción y regulado en el convenio colectivo del sector, no evita que se produzcan abusos de la contratación temporal, al permitir renovar indefinidamente en obras sucesivas.
Los magistrados europeos señalan que, aunque la normativa establece un límite máximo de tres años para encadenar esta modalidad de contratación en una misma empresa, en la realidad no existe ninguna medida nacional que fije un número máximo de renovaciones posibles.
Esta resolución del TJUE se produce tras una cuestión prejudicial planteada por un juzgado español, con motivo del caso de un trabajador que encadenó seis contratos fijos de obra entre los años 1996 y 2017, en nuestro país.
En este sentido, los representantes de la justicia europea apuntan que esta modalidad “permite atender necesidades que no son provisionales, sino al contrario, permanentes y estables” y no está justificado por el Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada.
Además, este pronunciamiento tiene especial significación para España, país de la UE con más peso del trabajo temporal, con una tasa media del 26,3 % en 2019, alcanzando el 40 % en el sector de la construcción.
Necesidad de una nueva normativa nacional
Por lo tanto, la resolución del TJUE explica que "una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que permite atender necesidades que no son provisionales, sino, al contrario, permanentes y estables, no está justificada" en la legislación europea, y esto obliga a la existencia de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de los contratos temporales.
En este sentido, el Ministerio de Trabajo está preparando una reforma para reducir las elevadas tasas de temporalidad presentes en el mercado laboral, con medidas que comprenden la eliminación de los contratos por obra y servicio. Con esta supresión, esta modalidad sólo podrá tener una duración máxima de un año y. además, todas aquellas personas que hayan ocupado un mismo puesto de trabajo durante dos años, encadenando contratos temporales, adquirirán inmediatamente la condición de fijos; también si lo han hecho durante 24 meses en un periodo de 30 meses.